En breve
Para ejercer como corredor de bienes raíces en Panamá necesitas una licencia de la Junta Técnica de Bienes Raíces del MICI, regulada por el Decreto Ley 6 de 8 de julio de 1999. Los requisitos básicos son: ser panameño o extranjero con cinco años o más de residencia, aprobar el examen (nota mínima 71), constituir una fianza de B/.10.000 que se renueva cada año y pagar B/.25 en timbres.
Ejercer sin licencia se sanciona con una multa de B/.10.000 y, según resoluciones de la propia Junta Técnica, todo anuncio debe llevar tu número de licencia. La comisión no la fija la ley: se pacta, y si no se pacta rige la «comisión imperante en el mercado».
«Examen de corredor de bienes raíces Panamá», «ley de corredor», «cuánto gana un corredor»: son de las búsquedas inmobiliarias que más se repiten en Panamá. Esta guía las responde con la norma en la mano. Cada requisito sale del texto del Decreto Ley 6 de 1999 publicado en la Gaceta Oficial o de las páginas oficiales de la Junta Técnica de Bienes Raíces (JTBR), leídas el 7 de octubre de 2026. Lo que no hemos podido comprobar en una fuente primaria lo decimos.
Una aclaración de entrada: en Remmit hacemos software para corredores, no asesoría legal. Esta guía no sustituye a un abogado ni a la propia Junta.
¿Qué ley regula a los corredores de bienes raíces en Panamá?
La profesión la regula el Decreto Ley N.º 6 de 8 de julio de 1999, «por el cual se reglamenta la profesión de corredor de bienes raíces y se crea la Junta Técnica de Bienes Raíces en el Ministerio de Comercio e Industrias», publicado en la Gaceta Oficial N.º 23.837 de 10 de julio de 1999. Lo desarrolla el Decreto Ejecutivo N.º 39 de 7 de noviembre de 2001, y la Junta ha dictado resoluciones propias, entre ellas un Código de Ética (Resolución N.º 002 de 2001), según el temario oficial del examen.
El organismo que expide las licencias, toma el examen, recibe denuncias y sanciona es la Junta Técnica de Bienes Raíces, adscrita al MICI. La preside el ministro de Comercio e Industrias (o quien designe) y la completan representantes de Vivienda, de Economía y Finanzas y de los gremios de corredores (artículo 7).
El artículo 1 define al corredor como la persona natural o jurídica que, de forma habitual y profesional, hace de mediador, intermediario, agente, representante o comisionista entre el propietario de un inmueble y terceros para su venta o arrendamiento. Quedan fuera de esa definición quienes se dedican a otras actividades relacionadas, como la promoción, la administración, el cobro de arrendamientos o el mantenimiento.
¿Quién necesita licencia de corredor?
La necesita cualquier persona o empresa que haga corretaje de bienes raíces en Panamá: el artículo 2 lo exige para «ejercer la profesión». Hay dos tipos de licencia:
- Persona natural: el corredor independiente o el agente que trabaja en una corredora.
- Persona jurídica: la empresa. Para obtenerla, su presidente y representante legal debe tener ya su propia licencia de corredor (artículo 4).
¿Y los agentes de una corredora que ya tiene licencia? Según el MICI, en un llamado recogido por La Estrella de Panamá el 4 de junio de 2025, «cada agente, sin excepción, debe contar con su propia licencia individual», aunque la empresa tenga la suya. Si tienes agentes en tu equipo, verifica a cada uno en el directorio de corredores idóneos del MICI, que es público.
¿Cuáles son los requisitos para la licencia de corredor en Panamá?
Los requisitos salen de los artículos 2 y 3 del Decreto Ley y de la lista de requisitos para persona natural del MICI. La solicitud se presenta a través de abogado, con poder autenticado ante notario.
| Requisito | Qué pide exactamente | Fuente |
|---|---|---|
| Nacionalidad o residencia | Panameño domiciliado en Panamá, o extranjero con cinco años o más de residencia. El MICI pide el estatus migratorio que acredite más de cinco años como residente permanente. | DL 6/1999, art. 3; MICI |
| Antecedentes | Certificado de historial penal y policivo: no haber sido condenado por delitos contra el patrimonio, la fe pública, la administración de justicia o el honor. | DL 6/1999, art. 3 |
| Examen | Aprobar el examen de la Junta Técnica, con nota mínima de 71 puntos. | DL 6/1999, arts. 2 y 3; web de la JTBR |
| Fianza | B/.10.000 a favor de la Junta Técnica, en dinero, bonos del Estado, seguro, carta de garantía bancaria o hipoteca. Se renueva cada año. | DL 6/1999, art. 2 |
| Timbres | B/.25 en timbres fiscales (boleta de la DGI). | DL 6/1999, art. 2; MICI |
| Carné | B/.3 para la confección del carné, más foto tamaño carné impresa y en digital. | MICI |
| Documentos | Poder y solicitud por medio de abogado, copia autenticada de la cédula, copia de la cédula e idoneidad del abogado. | MICI |
Hay una excepción al examen: quien demuestre haber ejercido como corredor de forma continua durante al menos diez años queda eximido (parágrafo del artículo 3). Para empresas, la lista cambia: licencia del presidente y representante legal, certificado del Registro Público con vigencia no mayor de tres meses, fianza de B/.10.000 y timbres; está en la página de requisitos para persona jurídica.
La licencia es indefinida (artículo 6), pero depende de la fianza: si no la renuevas a tiempo, la Junta puede suspenderla provisionalmente seis meses y, si sigues sin renovar, cancelarla. Tras una cancelación por ese motivo no puedes volver a solicitarla hasta pasado un año.
¿Cómo es el examen de corredor de bienes raíces y cómo se prepara?
El examen se solicita en línea. Según los pasos de inscripción publicados por el MICI:
- Te registras en la plataforma de exámenes de la JTBR con un correo válido y confirmas la cuenta.
- Consultas el calendario de convocatorias y eliges una fecha.
- Pagas según las instrucciones del sistema.
- El día del examen recibes un código (por correo o en persona) para acceder.
La web de la Junta indica que la nota mínima pasó a 71 puntos como puntaje universal. El monto del examen no aparece en esas páginas: lo ves al inscribirte o llamando a la Junta (+507 560-0600 / 0700, de lunes a viernes de 8:00 a 16:00).
Qué entra en el examen: el temario oficial
El artículo 11 del Decreto Ley fija las materias básicas: legislación de corretaje y bienes inmuebles, compraventa y arrendamiento, financiamiento, contratos de arrendamiento y zonificación urbana. La Junta publica un temario más detallado, descargable en la web del MICI (la versión en PDF que leímos está actualizada a septiembre de 2022; comprueba si hay una más reciente). Estos son sus bloques:
| Bloque | Normas que cita el temario (extracto) |
|---|---|
| Leyes y resoluciones de la JTBR | Decreto Ley 6 de 1999, Decreto Ejecutivo 39 de 2001, Código de Ética, resoluciones sobre anuncios (012 de 2005 y 395 de 2008), carné y vigencia del examen |
| Prevención del blanqueo de capitales | Ley 23 de 2015, Ley 124 de 2020 y resoluciones de la UAF y la SSNF |
| Contratos | Arrendamiento, opción de compra, promesa de compraventa, compraventa, hipoteca y anticresis, corretaje |
| Arrendamiento | Leyes 93 y 98 de 1973, Ley 259 de 2021 |
| Urbanismo y zonificación | Ley 6 de 2006 de ordenamiento territorial y su reglamentación |
| Tierras del Estado, insulares y Casco Antiguo | Ley 2 de 2006, Ley 80 de 2009, Ley 136 de 2013 |
| Impuestos y crédito bancario | Ley 3 de 1985 (intereses preferenciales), FECI, impuesto de inmueble, Ley 28 de 2012 |
| Zonas francas | Zona Libre de Colón, Ley 32 de 2011, Panamá Pacífico |
| Varios | Ley 80 de 2012 (turismo), Ley 284 de 2022 de propiedad horizontal (PH) |
Cómo prepararlo: la Junta no publica en esas páginas un banco de «preguntas del examen», así que desconfía de quien te venda las preguntas exactas. Lo que sí tienes es el temario, con las normas citadas una a una (casi todas en la Gaceta Oficial o en la sección Marco Legal de la web de la JTBR), y cursos preparatorios para la licencia como los que ofrece la plataforma educativa de ACOBIR. Un consejo práctico: estudia primero el Decreto Ley 6 y las leyes de arrendamiento y propiedad horizontal, que son las que vas a usar cada semana con clientes.
¿Tengo que poner mi número de licencia en los anuncios?
Sí. La Resolución N.º 012 de 7 de septiembre de 2005 de la Junta Técnica «establece que todo anuncio deberá contar con el número de licencia del corredor de bienes raíces» (Gaceta Oficial N.º 25.398), y la Resolución N.º 395 de 26 de septiembre de 2008 establece la sanción por incumplirla (Gaceta Oficial N.º 26.324). Ambas figuran en el temario oficial. No hemos podido leer el texto de la 395, así que no te damos un monto: confírmalo con la Junta.
El MICI lo recordó en junio de 2025: según La Estrella de Panamá, no se puede colocar ninguna valla ni anuncio de venta, alquiler o servicios de corretaje sin el número de licencia visible. Lo prudente es ponerlo también en tus publicaciones en portales como Encuentra24, tus redes sociales, tu web y tu tarjeta. Si trabajas en una corredora, asegúrate de que tus anuncios no lleven solo la licencia de la empresa.
¿Qué pasa si ejerzo sin licencia? Sanciones del Decreto Ley 6
Ejercer sin licencia se castiga con una multa de B/.10.000, sin perjuicio de la acción penal. El artículo 13 enumera las sanciones que puede imponer la Junta según la gravedad:
| Infracción | Sanción | Artículo |
|---|---|---|
| Faltas a la ética profesional | Amonestación verbal o escrita | 13.1 |
| Infracciones al Decreto Ley | Multa de B/.100 a B/.10.000 a favor del Tesoro Nacional | 13.2 |
| Según la gravedad de la actuación | Suspensión temporal o definitiva de la licencia | 13.3 |
| Ejercer el corretaje sin estar autorizado | Multa de B/.10.000, sin perjuicio de la acción penal | 13.4 |
| Hechos que puedan ser delito | Remisión al Ministerio Público | 13.5 |
| Licencia obtenida de forma fraudulenta | Cancelación de 1 a 10 años; definitiva si reincide | 14 |
| No renovar la fianza | Suspensión provisional de 6 meses y luego cancelación | 6 |
| Anuncio sin número de licencia | La que fija la Resolución N.º 395 de 2008 (monto no verificado) | Res. 012/2005 y 395/2008 |
Las sanciones se publican en la Gaceta Oficial. Si eres cliente y quieres denunciar a un corredor, la Junta tiene una página de recepción de denuncias.
¿Cuánto cobra de comisión un corredor de bienes raíces en Panamá?
No hay un porcentaje legal. El artículo 15 del Decreto Ley 6 dice textualmente que en toda transacción en la que participe un corredor «se presumirá la obligación de quien lo contrate, de pagar la comisión imperante en el mercado por la prestación de sus servicios, salvo pacto en contrario». Es decir: si no pactas nada, se presume la comisión de mercado; si pactas, manda lo pactado.
Por eso no vas a encontrar aquí «la comisión es del X %». Lo que sí te recomendamos es dejarla por escrito en el contrato de corretaje antes de enseñar la primera propiedad. Como mínimo:
- Porcentaje o monto fijo, y sobre qué precio se calcula (el de cierre, no el de lista).
- Quién la paga: el propietario, el comprador o el inquilino, o cómo se reparte.
- Cuándo se gana: en la promesa de compraventa, en la escritura o al firmar el alquiler.
- Si hay exclusiva, por cuánto tiempo y en qué zona o propiedad.
- Qué pasa si el cliente que tú presentaste compra después, directamente con el propietario, durante un plazo determinado.
- Cómo se reparte si colaboras con otro corredor (co-corretaje).
El temario incluye el contrato de corretaje (regulado en el Código de Comercio), así que lo vas a estudiar para el examen. Para redactar el tuyo, mejor con un abogado.
¿Cuánto gana un corredor de bienes raíces en Panamá?
No hay una cifra oficial publicada y no vamos a inventarla. Lo que gana un corredor sale de una cuenta sencilla: comisión por operación × operaciones cerradas, menos lo que se queda la corredora (si trabajas en una) y tus costos (fianza, pauta, portales, movilidad, herramientas).
Un ejemplo ilustrativo, con números inventados solo para enseñar la cuenta (no son la comisión habitual ni una recomendación): vendes un apartamento de US$200.000 con una comisión pactada del 3 %. Son US$6.000 brutos. Si trabajas en una corredora que se queda la mitad, te llegan US$3.000 de esa venta. Con una venta al mes, US$36.000 al año antes de costos; con una cada tres meses, la tercera parte.
De qué depende de verdad que ese número suba:
- Lo que pactas. La comisión se negocia; si no la dejas por escrito, la discusión llega al cierre.
- El volumen. Cuántas operaciones cierras al año, y si son ventas o alquileres.
- El tiempo de respuesta. Un lead de Encuentra24 o de un anuncio de Meta que escribe a las nueve de la noche y no recibe respuesta suele preguntar a otro corredor. En Remmit medimos en producción una mediana de primera respuesta de unos 35 segundos (septiembre de 2026) porque contesta el asistente; si te interesa el tema, lo explicamos en cómo responder los leads de Encuentra24 sin perder ninguno.
- El seguimiento. Muchas operaciones se cierran semanas después del primer mensaje. Sin un sistema, esos clientes se olvidan.
Checklist: cómo empezar como corredor de bienes raíces en 2026
Con la licencia aprobada, esto es lo que conviene tener listo antes de publicar tu primera propiedad:
- Licencia y carné vigentes. Comprueba que apareces en el directorio de corredores idóneos.
- Fianza con fecha de renovación anotada. Se renueva dentro de los 30 días anteriores a su vencimiento; ponte un recordatorio.
- Prevención de blanqueo. El temario incluye la Ley 23 de 2015 y la resolución de la Superintendencia de Sujetos No Financieros sobre el registro de los sujetos obligados. Confirma con la SSNF qué obligaciones te aplican.
- Contabilidad. El artículo 17 obliga a los corredores a llevar registros contables de su actividad conforme al Código de Comercio.
- Perfil de Empresa de Google con tu nombre, zona y teléfono, para salir cuando alguien busque «corredor de bienes raíces» en tu área.
- Una web con tu número de licencia visible. La web de agente que prepara Remmit muestra tu número de licencia en la cabecera y el pie, y en la firma de tus artículos.
- WhatsApp Business, y si trabajas en equipo, la API oficial de Meta. Lo explicamos en WhatsApp Business para bienes raíces en Panamá.
- Un CRM que conteste por ti. Cuando estás enseñando un PH no puedes contestar el celular. El asistente de Remmit responde a los leads de WhatsApp y Encuentra24 en español o inglés según escriba el cliente, le hace las preguntas que importan (presupuesto, zona, habitaciones, plazo) y agenda la visita en tu calendario. Si el cliente pide hablar contigo, deja de responder y te avisa. Tienes el detalle en CRM inmobiliario para Panamá y una comparativa honesta en el mejor CRM inmobiliario en Panamá en 2026.
- Tu número de licencia en cada anuncio: Encuentra24, redes, vallas.
¿Qué es ACOBIR y me sirve para empezar?
ACOBIR es la Asociación Panameña de Corredores y Promotores de Bienes Raíces. Reúne corredoras, corredores independientes, promotoras, empresas de avalúos, bancos y empresas de servicios inmobiliarios. Afiliarse no es un requisito para la licencia, pero ofrece cosas útiles cuando empiezas: cursos preparatorios para la licencia y de formación continua, un MLS para compartir propiedades con otros corredores, directorio de miembros y varios tipos de afiliación.
Aviso
Esta guía no es asesoramiento legal. Confirma los requisitos vigentes con la Junta Técnica de Bienes Raíces del MICI antes de presentar tu solicitud: las resoluciones, los montos y los formularios pueden cambiar. Revisado el 7 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cómo es el examen de corredor de bienes raíces en Panamá?
Lo organiza la Junta Técnica de Bienes Raíces del MICI. Te inscribes en su plataforma web, eliges una convocatoria del calendario, pagas y el día del examen recibes un código para entrar. La nota mínima es 71 puntos y el temario oficial (descargable en la web del MICI) cubre el Decreto Ley 6 de 1999, prevención de blanqueo, contratos, arrendamiento, zonificación, impuestos, zonas francas y propiedad horizontal.
¿Qué es la fianza de B/.10.000 del corredor y cómo se renueva?
Es una garantía a favor de la Junta Técnica de Bienes Raíces que exige el artículo 2 del Decreto Ley 6 de 1999 para responder por sanciones y por perjuicios a terceros. Puede constituirse en dinero, bonos del Estado, seguro, carta de garantía bancaria o hipoteca, y debe renovarse cada año dentro de los 30 días anteriores a su vencimiento. Si no la renuevas, la Junta puede suspender la licencia seis meses y después cancelarla.
¿Un extranjero puede ser corredor de bienes raíces en Panamá?
Sí, si lleva cinco años o más de residencia en Panamá. El artículo 3 del Decreto Ley 6 de 1999 lo permite, y entre los requisitos del MICI figura el estatus migratorio del Servicio Nacional de Migración que acredite más de cinco años como residente permanente. Además debe cumplir el resto: examen, fianza, timbres y certificado de antecedentes.
¿Cuánto cobra de comisión un corredor de bienes raíces en Panamá?
La ley no fija un porcentaje. El artículo 15 del Decreto Ley 6 de 1999 dice que se presume la obligación de pagar la comisión imperante en el mercado, salvo pacto en contrario. Por eso lo sensato es pactarla por escrito antes de empezar: porcentaje o monto, quién la paga, cuándo se gana y qué pasa si el cliente compra después por su cuenta.
¿Es obligatorio poner el número de licencia en los anuncios?
Sí. La Resolución N.º 012 de 7 de septiembre de 2005 de la Junta Técnica de Bienes Raíces establece que todo anuncio debe llevar el número de licencia del corredor, y la Resolución N.º 395 de 2008 fija la sanción por incumplirla. El MICI lo recordó en junio de 2025 para vallas y anuncios de venta, alquiler o servicios de corretaje.
¿Cuánto tarda sacar la licencia de corredor en Panamá?
Depende sobre todo de cuándo apruebes el examen y reúnas los documentos. Una vez cumplidos los requisitos, el artículo 5 del Decreto Ley 6 de 1999 da a la Junta Técnica un plazo máximo de 30 días hábiles para expedir la licencia por resolución. Si te la niegan, puedes presentar recurso de reconsideración en los 10 días hábiles siguientes.
¿Necesito licencia para alquilar apartamentos en Panamá?
Si haces de intermediario de forma habitual entre el propietario y el inquilino, sí: el artículo 1 del Decreto Ley 6 de 1999 define al corredor como quien media para la venta o el arrendamiento de inmuebles. El mismo artículo excluye de esa definición actividades como la promoción, la administración o el cobro de arrendamientos. Ante la duda, consulta tu caso con la Junta Técnica.
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